Todas las operaciones de compraventa están alcanzadas por el impuesto de sellos, cuya alÃcuota es del 2,5% sobre los montos que excedan los $360.000. El uso y costumbre indica que se dividirá 50% y 50% entre comprador y vendedor. En los casos en que el comprador poseyera otros inmuebles a su nombre, el impuesto se tributará sobre el monto total del precio dela propiedad, y no partir de los $360.000.